escrito por Lucía Sepúlvedamartes, 22 de enero de 2008
De acuerdo a una información oficial de Gendarmería Regional, médicosno identificados, apoyados por personal de esa repartición dependientedel Ministerio de Justicia chileno, procedieron el lunes 21 de enero aobligar a Patricia Troncoso a recibir alimentación parenteral(endovenosa) durante 24 horas, luego de lo cual la mantienen "sedada"asegurando que "con la entrega de sustento por esa vía ella tiene unpronóstico "estable dentro del estado de gravedad que mantiene". Ladecisión del gobierno de la Presidenta Bachelet es de suma gravedad ypresenta un serio problema ético, al optar por ejercer un tratodegradante contra Patricia Troncoso y drogarla en lugar de acceder adialogar sobre sus demandas.Siguiendo su propio lema del gobierno ordenado, en la segunda fase delgobierno bacheletista, a la luchadora social se le "ordena" comer.Previamente, la familia Troncoso, así como el equipo médico tratante,habían puesto en conocimiento de las autoridades de salud, justicia yel propio ejecutivo, los principios derivados de la Declaración deMalta sobre personas en Huelga de Hambre, adoptada por laAsociación Médica Mundial (AMM), en noviembre de 1991 y revisada porla Asamblea General de la AMM, Pilanesberg, Sudáfrica, octubre 2006.Alimentación forzada es injustificableEn sus principales artículos, la declaración reitera que el médicodebe respetar la autonomía de la persona, sosteniendo que no sedebe obligar a las personas en huelga de hambre a ser tratadas si lorechazan. Afirma categóricamente que la alimentación forzada contraun rechazo informado y voluntario es injustificable.El artículo 4 de la Declaración busca equilibrar los conceptos de"Beneficio" y "daño", estimando que "Beneficio" incluye el respeto delos deseos de la persona y también promover su bienestar. Evitar el"daño" en este caso no sólo significa disminuir al mínimo el daño a lasalud, sino que también no forzar un tratamiento en gente competenteni presionarlos para que terminen el ayuno. La beneficencia noincluye prolongar la vida a cualquier costo, sin respeto de otrosvalores.En el artículo 14 se plantea que los médicos deben convencerse deque el rechazo de alimentos o tratamiento es una elección voluntariade la persona y que las personas en huelga de hambre debenser protegidas de la coerción.El artículo 21 y final es categórico y debiera ser comentado por laministra de salud, Doctora Soledad Barría, el ministro de Justicia,Carlos Maldonado, y la Presidenta de la República, doctora MichelleBachelet. Dice así:"La alimentación forzada nunca es éticamente aceptable. Incluso conla intención de beneficiar, la alimentación con amenazas, presión,fuerza o uso de restricción física es una forma de trato inhumano ydegradante. Al igual que es inaceptable la alimentación forzada dealgunos detenidos a fin de intimidar o presionar a otras personas enhuelgas de hambre para que pongan término a su ayuno."Trato inhumano y degradante es la definición comúnmente aceptada para tortura.A continuación, el texto completo de la Declaración de Malta.DECLARACION DE MALTA DE LA ASOCIACION MEDICA MUNDIAL SOBRE LASPERSONAS EN HUELGA DE HAMBREAdoptada por la 43ª Asamblea Médica Mundial, Malta, noviembre 1991,revisada su redacción por la 44ª Asamblea Médica Mundial, Marbella,España, septiembre 1992 y revisada por la Asamblea General de la AMM,Pilanesberg, Sudáfrica, octubre 2006.INTRODUCCION1. Las huelgas de hambre se producen en diversos contextos,pero presentan principalmente dilemas en establecimientos donde lagente está detenida (prisiones, cárceles y centros de detención deinmigrantes). A menudo son una forma de protesta de las personasque no tienen otras maneras de dar a conocer sus demandas.Al rechazar los alimentos durante un período importante, por logeneral esperan lograr ciertos objetivos con una publicidad negativapara las autoridades. El rechazo de alimentos aparente o por unperíodo corto raramente plantea problemas éticos, en cambio un ayunoreal y prolongado tiene riesgo de muerte o de daños permanentes paralas personas en huelga de hambre y puede crear un conflicto de valorespara los médicos. Por lo general, estas personas no deseanmorir, pero algunas pueden estar preparadas para hacerlo con el fin delograr sus objetivos.El médico necesita comprobar la verdadera intención de la persona, enespecial en huelgas o situaciones colectivas en las que la presión delos pares puede ser un factor. El dilema ético se plantea cuando unapersona en huelga de hambre, que aparentemente ha dado instruccionesclaras de no ser reanimada, alcanza un estado de deterioro cognitivo. El principio de beneficencia insta al médico a reanimarla, peroel respeto de la autonomía individual le impide intervenir cuando seha expresado un rechazo válido y formal. Una dificultad más se agregaen los establecimientos de custodia porque no siempre queda claro sila persona en huelga de hambre expresó sus instrucciones anticipadasen forma voluntaria y con la información apropiada sobre lasconsecuencias. Estas normas y el documento de información abordandichas situaciones difíciles.PRINCIPIOS2. Deber de actuar de manera ética. Todos los médicosestán comprometidos con la ética médica en su contacto profesional congente vulnerable, incluso cuando no prescriben una terapia.Cualquiera sea su función, el médico debe protestar si se producecoerción o maltrato de detenidos y debe tratar de evitarlos.3. Respeto de la autonomía. El médico debe respetar laautonomía de la persona. Esto puede incluir una evaluacióndifícil, ya que los deseos reales de la persona en huelga de hambrepuede que no sean tan claros como parecen. Toda decisiónpierde fuerza moral si se toma involuntariamente bajo amenazas,presión o coerción de los pares. No se debe obligar a laspersonas en huelga de hambre a ser tratadas si lo rechazan. Laalimentación forzada contra un rechazo informado y voluntario esinjustificable. La alimentación artificial con el consentimientoexplícito o implícito de la persona en huelga de hambre es aceptableéticamente y puede evitar que la persona alcance un estado crítico.4. "Beneficio" y "daño". El médico debe poner enpráctica sus conocimientos y experiencia para beneficiar a laspersonas que atiende. Este es el concepto de "beneficencia" quese complementa con el de "no maleficencia" o Primun non Nocere.Estos dos conceptos necesitan estar equilibrados."Beneficio" incluye el respeto de los deseos de la persona y tambiénpromover su bienestar. Evitar el "daño" no sólo significadisminuir al mínimo el daño a la salud, sino que también no forzar untratamiento en gente competente ni presionarlos para que terminen elayuno. La beneficencia no incluye prolongar la vida a cualquiercosto, sin respeto de otros valores.5. Equilibrio de doble lealtad. El médico que atiende a laspersonas en huelga de hambre puede experimentar un conflicto entre sulealtad a la autoridad que lo emplea (como la administración de unaprisión) y su lealtad al paciente. El médico con doble lealtad está comprometido con los mismosprincipios éticos que los otros médicos.6. Independencia clínica. El médico debe permanecer objetivoen sus evaluaciones y no permitir que terceros influyan en su opiniónmédica. No debe permitir que sea presionado para intervenir porrazones que no sean clínicas o para transgredir los principios éticos.7. Confidencialidad. El deber de confidencialidad esimportante para crear confianza, pero no es absoluto. Puede ser dejadode lado si el hecho de no hacer una revelación pone en serio peligro aotros. Al igual que otros pacientes, la confidencialidad dela persona en huelga de hambre debe ser respetada, a menos que ellaacepte la revelación o a menos que sea necesario compartir informaciónpara evitar un daño serio. Si la persona acepta, sus parientesy representante legal deben mantenerse informados de la situación.8. Obtener la confianza. Crear confianza entre el médico ylas personas en huelga de hambre con frecuencia es clave para lograruna resolución en la que ambos respeten los derechos de la persona enhuelga de hambre y disminuyan al mínimo el daño. Laobtención de la confianza puede crear oportunidades para solucionarsituaciones difíciles. La confianza depende de que elmédico dé un consejo apropiado y sea franco con la persona en huelgade hambre sobre lo que él puede o no hacer, incluso cuando no puedagarantizar la confidencialidad.NORMAS PARA EL TRATO DE LAS PERSONAS EN HUELGA DE HAMBRE9. El médico debe evaluar la capacidad mental de la persona. Esto incluye controlar que el individuo que quiere ayunar no tengaun deterioro mental que afecte seriamente su juicio. Losindividuos que tienen un deterioro grave de su capacidad mental nopueden considerarse como personas en huelga de hambre. Necesitantratamiento para sus problemas mentales, en lugar de permitirles queayunen de manera que pongan en peligro su salud.10. A la brevedad posible, el médico debe obtener el historial médicopreciso y detallado de la persona que desea iniciar una huelga dehambre. Las consecuencias médicas de cualquier condiciónexistente deben ser explicadas a la persona. El médico debecerciorarse que las personas en huelga de hambre comprenden lasposibles consecuencias del ayuno para su salud y advertirles conpalabras simples las desventajas. El médico también debeexplicarles cómo se pueden disminuir los daños para la salud oretardarlos, por ejemplo, al aumentar el consumo de líquidos.11. Se debe realizar un examen minucioso al comienzo del ayuno.Se debe discutir con la persona en huelga de hambre el manejo de lossíntomas futuros, incluidos los que no están relacionados con elayuno. Se debe tomar nota de sus valores y deseos sobre cómodebe ser atendida en caso de una huelga prolongada.12. Algunas veces, las personas en huelga de hambre aceptan unatransfusión intravenosa de una solución salina u otras formas detratamiento médico. El rechazo de aceptar ciertas intervenciones nodebe ir en prejuicio de cualquier otro aspecto de la atención médica,como el tratamiento de infecciones o del dolor.13. El médico debe conversar en privado con la persona en huelgade hambre y fuera del alcance de escucha de otras personas, incluidosotros detenidos . Una comunicación clara es esencial y cuandosea necesario se debe disponer de intérpretes que no esténrelacionados con las autoridades carcelarias y ellos también debenrespetar la confidencialidad.14. Los médicos deben convencerse de que el rechazo de alimentoso tratamiento es una elección voluntaria de la persona. Laspersonas en huelga de hambre deben ser protegidas de la coerción. Con frecuencia, los médicos pueden lograr esto y deben saber quela coerción puede venir del grupo de pares, las autoridades u otros,como los familiares.15. Si el médico no puede aceptar por razones de conciencia elrechazo del paciente a tratamiento o alimentación artificial, elmédico debe dejarlo claro al principio y referir a la persona enhuelga de hambre a otro médico que pueda aceptar su rechazo.16. La comunicación continua entre el médico y las personas enhuelga de hambre es vital. El médico debe cerciorarse adiario si las personas desean continuar con la huelga de hambre y loque quieren que se haga cuando ya no puedan comunicarse con claridad. Esta información debe ser registrada en forma apropiada.17. Cuando un médico se hace cargo del caso, la persona enhuelga de hambre puede que ya haya perdido su capacidad mental, demodo que no hay oportunidad de discutir sobre su reanimación o susdeseos. Se deben considerar las instrucciones anticipadas expresadaspor la persona en huelga de hambre. El rechazo anticipado detratamiento exige respeto si refleja el deseo voluntario del individuocuando está en un estado competente. En los establecimientosde custodia, es necesario considerar la posibilidad que lasinstrucciones anticipadas hayan sido entregadas bajo presión.Cuando el médico tenga serias dudas sobre las intenciones de lapersona, todas las instrucciones deben ser tratadas con mucha cautela. Sin embargo, si las instrucciones anticipadas han sidoentregadas con buena información y de manera voluntaria, por logeneral pueden ser dejadas de lado si son invalidadas porque lasituación en que se tomó la decisión ha cambiado radicalmente desdeque la persona perdió su competencia.18. Si no es posible hablar con la persona y no existeninstrucciones anticipadas, el médico debe hacer lo que estime que esmejor para su paciente. Esto significa considerar los valorespersonales y culturales de la persona en huelga de hambre y también susalud física. Si no existe ninguna evidencia de los deseos de lapersona, el médico debe decidir si procede o no con la alimentación,sin interferencia de terceros.19. El médico puede considerar, si se justifica, no seguir lasinstrucciones que rechazan el tratamiento porque, por ejemplo, sepiensa que el rechazo fue expresado bajo presión. Si luego de lareanimación y con sus facultades mentales restablecidas la persona enhuelga de hambre insiste en su intención de ayunar, dicha decisióndebe ser respetada . Es ético permitir que una persona enhuelga de hambre determinada muera en dignidad, en lugar de someterlaa repetidas intervenciones contra su voluntad.20. La alimentación artificial puede ser éticamente apropiada siuna persona en huelga de hambre que está con sus capacidades está deacuerdo con ello. También puede ser aceptable si las personasincompetentes no han dejado instrucciones anticipadas sin presión quela rechacen.21. La alimentación forzada nunca es éticamente aceptable.Incluso con la intención de beneficiar, la alimentación con amenazas,presión, fuerza o uso de restricción física es una forma de tratoinhumano y degradante. Al igual que es inaceptable la alimentaciónforzada de algunos detenidos a fin de intimidar o presionar a otraspersonas en huelgas de hambre para que pongan término a su ayuno.Fuente de la Declaración: Doctora Berna Castro, citada en AgenciaBolivariana de Prensa, el 17 de enero 2007. Las doctoras Castro,Tania Muñoz y Oriele Núñez conforman el equipo médico tratante quePatricia Troncoso ha escogido y que actualmente está impedido deacceder a la paciente).-- Lucía Sepúlveda Ruiz
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